domingo, 21 de febrero de 2021

Modulo 3: política pública normativa para conseguir la igualdad

 

MEJORANDO LA SELECCIÓN DE PERSONAL

1. Presenta la política pública que hayas elegido, indicando:

En mi caso quiero destacar una política pública que consiste en una modificación normativa cuya necesidad era un clamor desde hace mucho tiempo en la Comunidad Autónoma de La Rioja y que viene a combatir de una manera directa y con carácter transversal las desigualdades económicas entre la población a la hora de poder pagar la tasa de examen por inscribirse en unas oposiciones. 

Se trata de la aprobación en la Comunidad Autónoma de La Rioja de la Ley 2/2021, de 29 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2021 (BOR nº22, de 1 de febrero de 2021) y que ha modificado la Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

 

Hasta entonces cualquier persona opositora pagaba la misma tasa, 32,47 €, sin importar en absoluto si la oposición era para un Subgrupo A1, Subgrupo C2 o Grupo D para personal laboral. Además, tampoco importaba que esa persona tuviera una discapacidad o hubiese sufrida violencia de género. 

Cualquier persona que se haya presentado a una oposición en el Estado u otras Comunidades Autónomas serán conscientes que en esos casos si pagan menos dinero por la tasa de examen dependiendo del Subgrupo al que quieren inscribirse o incluso bonificaciones y exenciones del pago de la tasa del examen si son personas con alguna discapacidad. 


La pregunta que nos hicimos en la Dirección General de Función Pública desde el punto de vista de la selección de personal fue la siguiente: 

¿Están actualizadas nuestras normativas de selección de personal en lo referente a la legislación en materia de igualdad y no discriminación?  

Ante la situación actual de la pandemia internacional se han venido adoptando medidas económicas y sociales que, además de facilitar la adecuada respuesta sanitaria a la emergencia, permiten garantizar la protección de familias, trabajadores y colectivos vulnerables, y sostener el tejido productivo y social, minimizando el impacto y facilitando que la actividad económica se recupere cuanto antes. 

Por lo que ha sido necesario rebajar la tasa por la inscripción en pruebas selectivas, al tener en La Rioja una cantidad superior a otras Administraciones Públicas, e incluir algunas bonificaciones y exenciones del pago de la tasa según se establece a continuación. 

 2. Analiza el ámbito o ámbitos de discriminación en el que actúa esa política.

En primer momento el ámbito es global al aplicarse a todas las personas que quieran presentarse a una oposición en la Comunidad Autónoma de La Rioja y pretende servir para luchar contra la discriminación económica entre la población y que no se pague siempre 32,47€ con carácter general. 

Tiene carácter transversal en su aplicación incluyendo oposiciones en cualquiera de las 174 Corporaciones Locales de las que constan La Rioja, la Universidad de La Rioja, el Servicio Riojano de Salud, Educación, Administración General y el resto del sector público de La Rioja.

Se ha establecido la siguiente graduación dependiendo del Subgrupo o Grupo: 


·  Subgrupo A1, o como laboral al Grupo A: 30,49 €

·  Subgrupo A2, o como laboral al Grupo B: 22,87 €

·  Subgrupo C1, o como laboral al Grupo C: 15,27 €

·  Subgrupo C2, o como laboral al Grupo D: 11,43 €

· Subgrupo E, Agrupaciones Profesionales, y laboral al Grupo E: 9,14 €


En un segundo momento se ha revisado la Ley de Tasas de La Rioja para que sea más igualitaria en favor de determinados grupos sociales para corregir situaciones de desigualdad para hacer efectivo el articulo 14 de la Constitución.

La Ley de Medidas Fiscales y de Orden Social para el año 2021 incluye en la Ley de Tasas de La Rioja un nuevo apartado denominado exención de tasas y bonificaciones. 

Por lo que están exentos del pago de la tasa de examen y podrán gozar de una bonificación los siguientes colectivos: 

·    Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud el certificado acreditativo de tal condición. 

·   Las personas que figuren como demandantes de empleo durante al menos un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención: 

·   Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial, y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general. 

·   Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y a su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos. 

·   Estarán exentos del pago de la tasa las mujeres víctimas de violencia de género, así como los hijos e hijas a su cargo menores de 25 años. 

 


3. El impacto y resultados que consideras que podría tener.


Todavía es pronto para conocer el verdadero impacto que se ha producido con la rebaja de las tasas de examen y las exenciones o bonificaciones, al haberse aprobado recientemente la Ley de Medidas para el año 2021.

Hasta que no pase un año de su aplicación no se podrá valorar completamente, pero si podemos hacer una previsión económica teniendo en cuenta los ingresos de años anteriores.

Todavía no puede saberse cuantas víctimas de violencia de género se benefician de la exención, desempleados, personas con discapacidad, familias numerosas, etc. Por lo que estos datos no dejan de ser especulaciones:

 

2017

INGRESOS SEGÚN NUEVAS TASAS

DIFERENCIA DE INGRESOS *

INGRESOS

GASTOS

Grupo A1

    6.721,29 €

      9.719,94 €

            6.158,00 €

-              562,36 €

Grupo A2

  13.994,57 €

      5.880,16 €

            9.445,49 €

-           4.549,08 €

Grupo C1

  20.196,34 €

    28.860,75 €

            9.276,67 €

-         10.919,67 €

Grupo C2

  34.742,90 €

    22.705,22 €

          11.813,27 €

-         22.929,63 €

Grupo E

  62.472,28 €

    23.307,12 €

          17.082,66 €

-         45.389,62 €

TOTAL

138.127,38 €

    90.473,19 €

          53.776,09 €

-         84.350,36 €

 * El resultado sería la diferencia entre los ingresos de la OEP 2017 y los hipotéticos ingresos que se obtendrían con las nuevas tasas/exenciones o bonificaciones en los mismos procesos selectivos.

 

4. ¿Qué puntos fuertes y qué debilidades consideras que tiene esta política pública?

Ciertamente las fortalezas son importantes al aplicarse a colectivos vulnerables bien sea por razones económicas o por ser personas con una cierta vulnerabilidad (personas desempleadas, con discapacidad o que han sufrido violencia de género). 


Habrá mas oportunidades para las personas de poder aspirar a un puesto de trabajo en el sector público sin que el dinero sea una barrera, al menos para poder hacer los exámenes. Obviamente, luego deberán demostrar los conocimientos respetando el mérito, igualdad y capacidad.


Las debilidades serían la correcta aplicación tanto desde el punto de las aplicaciones informáticas que faciliten el pago correcto según las situaciones de cada persona y especialmente la vergüenza que algunos colectivos todavía sufren como son las víctimas de violencia de género o incluso las personas que sufren algún tipo de discapacidad.

 

Además, es necesario comprobar bien los datos de las personas solicitantes para evitar el fraude y que se intenten aprovechar de unas exenciones o bonificaciones que están pensadas para conseguir un acceso al sector público más igualitario.

 

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